La ayuda al alquiler va dirigidas a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender el pago total o parcial.

La ayuda al alquiler va dirigidas a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender el pago total o parcial.

Los solicitantes deberán cumplir una serie de requisitos, como encontrarse en el paro, afectado por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o ser autónomo con una disminución de los ingresos del 40%. Además, deben estar empadronados en la vivienda de alquiler desde hace al menos seis meses y no disponer de vivienda en propiedad. Con carácter general sus ingresos deben ser menores de tres veces IPREM (1.613 euros al mes) en el mes anterior a la solicitud y el pago de la renta del alquiler más los suministros básicos (luz, agua, electricidad, gas, comunidad) tiene que ser superior al 35% de los ingresos de la unidad familiar.

Cuantía de la ayuda

El 100 % de la renta mensual, con un máximo de 900 euros al mes, el plazo máximo de las ayudas será de seis meses de alquiler.

Plazo de presentación

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, permaneciendo abierto dicho plazo como máximo hasta el 30 de septiembre de 2020.

Se prevé que se iniciará el plazo para presentar las solicitudes a principios de junio.

Las ayudas se concederán a los solicitantes que reúnan todos los requisitos establecidos, siguiendo el orden de presentación del registro de las solicitudes y hasta el agotamiento de la financiación disponible.

Dónde y cómo debo presentar la solicitud

La solicitud de la ayuda deberá presentarse telemáticamente en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección web que se publicará en la convocatoria.

Más  información en el Servicio de atención a la ciudadanía INFO.VIVIENDA:  

·Teléfono: 955 06 09 98

·Correo electrónico: Buzón de INFO.VIVIENDA